Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
II.6.
II.6. Informe de representación, de 24 de octubre de 2011, suscrito por el Oficial de Diligencias del Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal y Mixto de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz, provincia Germán Busch del departamento de Santa Cruz, informando que Melfy Pinto Herrera no pudo ser encontrada a objeto de su legal citación con la demanda de interdicto de recobrar la posesión (fs. 23).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Rene Alba
- Sabath Osinaga Severiche
- Mariana Allerding Lancioni
- 1)
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- salvando la vía legal correspondiente para hacer valer derechos reales que pudieran tener las partes
- CONFIRMAR