Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La parte accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su vertiente a la debida fundamentación de las resoluciones y de los principios de verdad material y seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 115, 117 y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.2.3.
- rechazó in límine”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso
- rechazar in límine”