SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
i)
Ximena Rosalía Morales Aramayo, Fiscal de Materia, en informe escrito cursante de fs. 167 a 169, indicó: i) Para la imposición de la pena de doce años se consideró la cantidad de cocaína encontrada, así como los antecedentes del imputado; ii) El accionante dio consentimiento para que después de la audiencia de medida cautelar Ysella Fernández continúe la asistencia técnica; iii) Se melló su dignidad al referir que a través de su abogada se le hubiese entregado dinero; iv) En la audiencia de procedimiento abreviado el accionante no hizo conocer su desavenencia o su rechazo a dicha salida alternativa, conformidad que se encuentra plasmada en el acta de la audiencia; v) Pretende hacer creer que se vulneraron sus derechos, quien consintió y no denunció oportunamente a la contralora de garantías; y, vi) Valentín Mejillones quien no se sometió a procedimiento abreviado, fue condenado a doce años de presidio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales,
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR