SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

II.2.

II.2.  El 27 de octubre de 2006, el Gerente a.i. GRACO La Paz emitió la Orden de Verificación Interna 29061000005 con relación al contribuyente “STS” Bolivia Ltda., otorgando a su representante legal el plazo de cinco días para presentar los descargos (fs. 15), y el 17 de noviembre de ese año se expidió la Vista de Cargo GD-GLP-DF-VC-151/06, a través de la cual se hizo conocer que en el proceso de verificación impositiva se estableció una deuda tributaria por parte de “STS” Bolivia Ltda., de 664 015 UFV's (fs. 16 a 18). Luego, el 27 de diciembre de 2006, el Gerente a.i. GRACO La Paz dictó la Resolución Determinativa 270/2006 respecto de la Orden de Verificación Interna 29061000005, a través de la cual se resolvió determinar de oficio las obligaciones impositivas de “STS” Bolivia Ltda., que ascienden a Bs796 419.- por concepto de tributo omitido y el pago fuera de término del IT correspondiente al período diciembre de la gestión 2001 (fs. 19 a 27).