Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015-S1
Fecha: 11-Feb-2015
II.3.
II.3. Consta Acta de apelación de medida cautelar de 29 de noviembre de 2013, donde la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se reunió para resolver la apelación incidental planteada por el accionante y otros contra la Resolución de 11 de abril de 2013, confirmándola (anexo 3 fs. 443 a 471).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 'Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad'.
- ;
- III.2.El debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad
- III.3.La acción de libertad y los alcances de protección al procesamiento ilegal o indebido
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR