SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2015-S3

Fecha: 03-Feb-2015

c)

c)  Admitida la demanda, el Fiscal de Materia requirió: 1) El inicio de la investigación preliminar en su contra; 2) Se le notifique con la denuncia y se lo cite para su declaración informativa; 3) Tomar entrevistas a los denunciantes y testigos; 4) Ejecutar todos los medios de prueba que el caso amerite, siempre bajo la dirección del Fiscal; y, 5) Recabar información conducente a la averiguación de la verdad histórica de los hechos; sin embargo no se dieron cumplimiento a los puntos citados;