Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2015-S1
Fecha: 13-Feb-2015
II.2.
II.2. Cursa el Auto de Vista de 18 de mayo de 2010, emitido por los Vocales Juan Marcos Terrazas Rojas y Wilfredo Patiño Soria, miembros de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por el cual disponen la reposición del juicio por otro tribunal de sentencia, para Oscar Emilio Faccio Soto y otra, por la comisión de los delitos de falsedad material y falsedad ideológica (fs. 97 a 102 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional no es un medio paralelo o alternativo de protección de derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR