SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2015-S1

Fecha: 13-Feb-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega que las autoridades demandadas a su turno, vulneraron el derecho al debido proceso en sus vertientes del in dubio pro reo, el non bis in ídem y la seguridad jurídica, al emitir la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, el Auto de Vista de 18 de mayo de 2010, que anula parcialmente la Sentencia de 22 de septiembre de 2008, en cuanto a la absolución por la comisión de los delitos de falsedad material y falsedad ideológica y solo con relación a este aspecto dispone la reposición de juicio por otro tribunal de sentencia penal, resolución singular y anómala que posteriormente es confirmada por la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia.

En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.