SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
a)
En principio exponen los siguientes antecedentes: a) El 11 de enero de 2013, fueron elegidos como Presidente (Heberto Juan de Dios Garay Herrera) y Secretaria (Bernarda Benítez Gudiño) del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos; b) El 23 de julio de igual año, se eligió como Alcalde interino a Heberto Juan de Dios Garay Herrera sin haber sido posesionado esa fecha; c) El 2 de agosto del citado año, el referido presentó renuncia expresa al cargo de Presidente del mencionado Concejo Municipal, que fue aceptada por dicho Concejo en la misma fecha; y luego fue posesionado como Alcalde interino. En esa misma fecha se eligió al nuevo Presidente del Concejo, recayendo en la persona de Samuel Adautt Fernández; d) El 30 de septiembre de 2013, el Alcalde electo Teodoro Suruguay reasumió el cargo en virtud de un amparo constitucional pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; decisión que les fue notificada el 1 de octubre de igual año, tanto al Alcalde interino como al electo; y, e) En esa fecha Heberto Juan de Dios Garay Herrera solicitó al Presidente del Concejo Municipal se lo reponga en el cargo en su condición de Concejal titular electo; que fue respondida en sentido de que podía volver a ocupar tal puesto a partir de la notificación con la respuesta. A partir de esa fecha reasumió funciones por el tiempo de dos meses (octubre y noviembre de 2013).
a) A través de AC 0368/2013-CA de 10 de septiembre, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional admitió el recurso directo de nulidad y de conformidad con lo dispuesto en el art. 147 del CPCo, determinó la suspensión de la competencia de las autoridades recurridas en relación al caso concreto, desde el momento de la citación la que se efectuó el 26 de noviembre de 2013 (fs. 52 a 57).
- acción de amparo constitucional
- a)
- (Heberto Juan de Dios Garay Herrera, Samuel Adutt Fernández y Bernarda Benítez Gudiño),
- 1)
- Fragmento 5
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- b)
- 2)
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- recurso directo de nulidad