SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2015-S3

Fecha: 19-Feb-2015

b)

b) Mediante SCP 1976/2014 de 13 de noviembre, este Tribunal Constitucional Plurinacional declaró infundado el recurso directo de nulidad formulado por Teófilo Murillo Bayara, con el argumento de que las Resoluciones Municipales 080/2013, 081/2013 y 082/2013, todas de 2 de agosto, dictadas por el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, compuesta por los recurridos Heberto Juan de Dios Garay Herrera, Alcalde a.i., Samuel Adautt Fernández, Presidente del Concejo Municipal y Bernarda Benítez Gudiño, Concejala Secretaria, actuaron con plena competencia en la sesión de 2 de agosto de 2013, esto es, sin usurpar funciones de Teófilo Murillo Bayara, Vicepresidente del referido Concejo Municipal, sujetando sus actos a las atribuciones y funciones que en su momento les confería la Ley de Municipalidades, aplicable en ese momento y el Reglamento Interno del Concejo Municipal (www.tcpbolivia.bo/tcp).