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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2015-S1

    Fecha: 20-Feb-2015

    II.1.

    II.1.     Por memorial presentado el 3 de junio de 2014, Edward Omar Mollinedo Pinedo -dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra y de otros, por la supuesta comisión de los delitos de uso indebido de influencias y organización criminal-; solicitó a la autoridad ahora demandada, audiencia para la consideración de cesación de su detención preventiva (fs. 4 y vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 9
    • que la frase 'plazo razonable', tratándose de señalamientos de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo, pues el imputado se encuentra privado de su libertad
    • el memorial de solicitud, debe ser providenciado indefectiblemente dentro de las veinticuatro horas de su presentación, conforme dispone el art. 132 inc. 1) del CPP, al tratarse de una providencia de mero trámite
    • Fragmento 12
    • III.2.    Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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