SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2015-S1

Fecha: 20-Feb-2015

II.6.

II.6.       Por otra parte, se evidencia de antecedentes que, el 18 de julio de 2003, Nelly Chambi Huayllani, formuló demanda de asistencia familiar contra Esteban Gómez Yucra, en favor de su hijo NN, en la que señaló como domicilio la zona de Tamborada “calle innominada” de la ciudad de Cochabamba (fs. 128 a 129 y vta.); causa radicada ante el Juez Cuarto de Instrucción de Familia del departamento de Cochabamba, mereciendo respuesta y posteriores actuados del demandado, quien ejerció su derecho a la defensa (fs. 134 a 135), pronunciándose la Sentencia 1870 de 29 de agosto de ese año, declarando probada en parte la demanda, disponiendo que el entonces obligado, cancele la suma de Bs400.- (cuatrocientos bolivianos), como concepto de asistencia familiar en favor de sus hijos NN y AA (fs. 191 a 193). Decisión que apelada por el demandado, con el argumento de estar él a cargo de su hija (fs. 197 a 198), fue sujeta a confirmación parcial, a través del Auto de Vista de 5 de marzo de 2004, emitido por el Juez Quinto de Partido de Familia del departamento aludido, con la modificación de mantener el monto de asistencia familiar, en favor de la madre y del hijo NN (fs. 232 a 233); Fallo enmendado por Auto de 12 de ese mes y año, estableciendo que la asistencia correspondía sólo en beneficio del menor de edad, no así de su progenitora (fs. 235).