Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
II.3.
II.3. El 19 de marzo de 2014, el Jefe Regional de Trabajo de Bermejo dependiente del Ministerio del Trabajo Empleo y Previsión Social, en base al DS 012/09 de 19 de febrero de 2009 -inamovilidad laboral por padre progenitor-, conminó al Rector de la UAJMS la reincorporación a su fuente de trabajo a favor del ahora accionante, como la cancelación de sueldos devengados y los derechos laborales que correspondan (fs. 4 y vta.) siendo notificado el 21 del mes y año señalado (fs. 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- Fragmento 12
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la excepción al principio de subsidiariedad cuando se trata de la madre embarazada o padre progenitor hasta el año de nacido el hijo o hija
- III.2. De los casos en los que opera la tutela por inamovilidad laboral, en contratos a plazo fijo
- III.3. Sobre la comunicación del estado de gravidez al empleador, para acceder a los beneficios de la inamovilidad laboral
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR