Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2015-S3
Fecha: 10-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de representante, denunció la vulneración de sus derechos fundamentales; toda vez que, la Jueza ahora demandada ordenó se libre mandamiento de aprehensión en su contra, en base a un certificado médico forense que no fue emitido por un médico especialista, y que si bien acreditó el impedimento físico que padece así como su imposibilidad de trasladarse solo desde su domicilio en la localidad de Entre Ríos hasta Tarija donde radica el proceso penal seguido en su contra, contradictoriamente concluyó que se encuentra apto para asistir a dicho acto procesal, ello también sin valorar los certificados médicos particulares que acreditan lo contrario.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La valoración de legitimidad de impedimento físico como justificación de inasistencia a una convocatoria de la autoridad jurisdiccional se rige por el principio de libertad probatoria. Reconducción de línea
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2º Ordena