Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015-S3
Fecha: 10-Feb-2015
i)
Asimismo, en audiencia refirió que: i) El abogado del ahora accionante presentó una serie de memoriales, obstaculizando su viabilización; ii) La recusación que presentó (pasado el término que establece la ley) fue resuelta en audiencia de cesación a la detención preventiva conforme a la Circular 04/2014, siendo rechazada in limine; y, iii) anteriormente se interpuso otra acción de libertad con los mismos actores y motivos, lo que significa que el presente recurso es repetitivo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR