Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015-S3
Fecha: 10-Feb-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alega la lesión de sus derechos a la libertad, a una justicia oportuna, pronta y sin dilaciones, citando al efecto los arts. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR