Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2015-S3
Fecha: 10-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, denunció la vulneración del derecho referido en la presente acción de defensa, puesto que por orden de la Jueza Decimotercera de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -de turno durante el receso judicial-, se ejecutó el mandamiento de apremio librado en su contra por pensiones devengadas de asistencia familiar, sin tomar en cuenta la expresa suspensión de la ejecución de los mandamientos expedidos por los juzgados del área familiar, entre otros, durante el periodo del vacación judicial colectiva, dispuesta por la Circular 29/2014-P-TDJ.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Su cumplimiento no puede diferirse por procedimiento o recurso alguno
- su oportuno suministro no puede diferirse por recurso o procedimiento alguno
- garantizar la continuidad del servicio judicial en todas las materias
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR