SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2015-S3

Fecha: 19-Feb-2015

1)

El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido de su demanda de acción de libertad y ampliando los términos de la misma señaló que: 1) En el Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz se llevó a cabo la audiencia conclusiva, a la cual el imputado no se hizo presente; por ello, la referida autoridad mediante Resolución 637/2013, declaró la rebeldía de Edilberto Mackfarlane Torrico y conforme el art. 90 del CPP, dispuso la emisión del mandamiento de aprehensión; 2) El Juez Decimoprimero de Instrucción Penal, mediante Auto de 10 de junio de 2014, canceló la rebeldía indicando en la última parte que el querellante y el Ministerio Público devuelvan los mandamientos correspondientes a ese despacho judicial; es decir, diez días antes de la aprehensión. Por vacación judicial dicho auto no se pudo notificar; y, 3) La autoridad demandada en un acto que se encuentra alejado del derecho, dispuso llevar a cabo audiencia de medidas cautelares, por ello emitió la Resolución 359/2014 de 28 de junio.