SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad

La justicia constitucional mediante la SCP 0482/2013 de 12 de abril, ha efectuado una integración jurisprudencial sobre las subreglas para la aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción tutelar de libertad, estableciendo en el Fundamento Jurídico III.2.2, que no podrá ingresarse al análisis de fondo de la problemática planteada, en los siguientes supuestos: “1.Cuando la acción de libertad esté fundada directamente en la       vulneración al derecho a la libertad personal por causa de haberse  restringido la misma al margen de los casos y formas establecidas por ley, y no esté vinculada a un delito y por tanto no se hubiera dado aviso de la investigación, la acción puede ser activada de forma directa contra las autoridades o persona que violentaron la Constitución Política del Estado y    la ley; aclarando que el Juez de Instrucción de turno, no tiene competencia para el efecto conforme se ha señalado en el Fundamento Jurídico III.2.1    de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.