SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

Fragmento 42

El segundo presupuesto que debe demostrar la parte accionante, es la existencia de manera objetiva de actos o medidas asumidas sin causa jurídica que se hubieran producido en la urbanización “El Vallecito”, para ocuparlo de manera ilegal por la parte demandada; en el caso concreto, la parte accionante en su demanda, señaló que: “(…) desde el 28 de mayo de 2013 adelante un nuevo grupo de personas empezaron a meterse a nuestros terrenos, a quienes se les dijo y advirtió que estos terrenos son de propiedad privada (…) y desde el 24 de agosto de 2013 se encuentran afincados de forma permanente en nuestros predios (…); alegando que se asentaron por la fuerza en los terrenos que hoy se encuentran avasallados por los demandados, levantando muros: “(…) incurriendo de ese modo en actos delincuenciales de hecho (…)” (sic).