SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

De la escritura pública 815/2012 de 14 de septiembre, expedida por la Notaria de Fe Pública de Primera Clase 56, se demuestra que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Societaria “Piraí” Ltda., es única y legítima propietaria de 350 lotes de terreno, veinte de los cuales incluyen sus respectivas viviendas construidas tipo chalets.

Refiere que en agosto de 2012, dichos terrenos fueron avasallados por personas inescrupulosas; sin embargo, luego de una serie de conversaciones, demostrándoles el derecho de propiedad de la citada institución sobre los referidos predios, se llegó a suscribir el acuerdo transaccional el 5 de abril de 2013, habiendo erogado pago compensatorio en la suma de $us18 500.- (dieciocho mil quinientos dólares estadounidenses) a las personas avasalladoras, quienes abandonaron los terrenos según se acredita del acta notarial de 30 de abril de 2013.

No obstante de ello, el 28 de mayo de 2013, amenazando a la empresa constructora “SUTO” S.R.L. que construye viviendas en la urbanización Vallecito, un nuevo grupo de personas empezaron a ingresar a los terrenos de propiedad de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Societaria “Piraí” Ltda., a quienes se les advirtió que dichos predios eran de propiedad privada y debían retirarse; empero, los socios de la cooperativa, algunos de los cuales tienen individualizado su derecho propietario dentro de los 350 lotes, recibieron agresiones verbales y físicas; producto de lo cual, personal de la mencionada Cooperativa sostuvo discusiones con los avasalladores entre el 20 de agosto de 2013 y en reacción a ello, el 24 del mismo mes y año, de manera masiva se incrementó el número de avasalladores, ingresando inclusive a las áreas verdes, de equipamiento cedidas y de propiedad del municipio de Warnes, argumentando contar con autorización de las autoridades de gobierno.

Sostiene que, dichas personas ingresaron a los predios urbanizados, cometiendo actos ilegales que atentan contra la propiedad privada de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Societaria “Piraí” Ltda. a la que representa, al haberse asentado por la fuerza, rompiendo y moviendo alambres, armando toldos y carpas, habiendo cuartos precarios de madera, levantando muros, incurriendo de este modo en actos delincuenciales de hecho.

Finaliza señalando que, los terrenos útiles de propiedad de la citada Cooperativa, dentro de la urbanización Vallecito, como ser áreas verdes y de equipamiento destinadas a colegios, mercados, áreas recreativas, etc., hoy se encuentran avasallados por los demandados, actos arbitrarios que están ocasionando la paralización del programa de vivienda social solidaria denominado “Vallecito 184”, para la construcción de 184 viviendas económicas.