SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

I.2.3. Intervención del tercero interesado

El representante del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz, en audiencia manifestó que todos los terrenos en las unidades vecinales S1 y S2, se encuentran en la jurisdicción territorial de la ciudad de Santa Cruz, de acuerdo a la Resolución Suprema (RS) 22842/2003, según el plano de ordenamiento territorial, aprobado por la Ordenanza Municipal (OM) 078/2005, las cuales están aprobadas por la Oficialía Mayor de Planificación de Santa Cruz, que evidencian que ese lote se encuentra dentro del radio urbano de Santa Cruz, no de Warnes.