SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 1 de julio de 2014, presentó carta dirigida al ahora demandado, solicitando le proporcione certificación de carácter único y personal, de diferentes puntos relacionados a su condición de miembro del Consejo de Vigilancia. Transcurridos tres días, al no tener respuesta, el 4 del mes y año señalados, reiteró su petición a través de una segunda carta, recepcionada en Secretaría del Consejo de Administración, la cual tampoco fue respondida; ante esa situación, el 17 del mes y año citados, por tercera vez repitió la misma, según copia adjunta con sello de recepción de la instancia demandada. Teniendo en cuenta el plazo desde la fecha de la primera solicitud a la de la presente acción de amparo constitucional, transcurrieron veintinueve días sin la existencia de respuesta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la petición
- Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable
- con estructura y funcionamiento autónomo
- III.3.
- CONFIRMAR