Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
Fragmento 12
La SCP 0095/2014-S1 de 24 de noviembre, indicó sobre la cesación de los efectos del acto reclamado que: “La restitución de derechos fundamentales o garantías constitucionales es la finalidad de la acción de amparo constitucional, precisamente el art. 128 de la CPE, establece que ante la vulneración por actos y omisiones de funcionarios públicos o personas individuales o colectivas, que restrinjan o amenacen restringirlos o suprimirlos, el accionante puede solicitar la tutela respectiva, impetrando la adopción de las medidas necesarias por el juez o tribunal de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- III.2. Sobre la cesación de los efectos del acto reclamado
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR