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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2015-S1

    Fecha: 26-Feb-2015

    II.4.

    II.4.    Auto de 16 de junio de 2014, en el cual, la Jueza dispuso: “…que mientras se elabore el informe ordenado a fs. 333 en obrados, se cumpla con el horario de visitas ordenado en la Resolución de fs. 312 a fs. 318 de obrados, de tal forma que el demandado pueda ejercer su derecho de visita a su hija…” (sic) (fs. 59 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 12
    • III.2. Sobre la cesación de los efectos del acto reclamado
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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