Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.3.
II.3. El accionante solicitó a la Unidad de CAS, la regularización de los años de servicios, adjuntando el “Certificado 003/06 de la Dirección Nacional Administrativa de la Policía Nacional, que evidencia la percepción de sus haberes en la gestiones 2001-2002” (sic), subsanando la observación efectuada en el certificado de años de servicios (doble percepción) y certificado 5776/2012 de la Dirección Nacional de Personal, correspondiendo actualizar de mayo de 2011 a octubre de 2012 (fs. 5).