SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

I.2.3 Intervención de los terceros interesados

De fs. 456 a 458, cursa el pronunciamiento de 6 de octubre de 2014, suscrito por Jannete Calvo Muñoz, Freddy Panoso Galarza, Eduardo Gonzáles Romero, Ximena Mendizábal Hurtado, Farid Nassar Donoso, Zeithel Elia Palacios Crespo, Marcelo Barrios Arandia y Dora Balcázar Leytón, Jueces y personal de apoyo jurisdiccional, quienes invocando el derecho a la seguridad social (art. 45 de la CPE), solicitan al Tribunal de garantías, se deje sin efecto las Resoluciones emitidas por el Directorio de la DAF, que fueron cuestionadas en la presente acción.

En audiencia Marcelo Barrios Arancibia, manifestó que interviene a título personal en su condición de funcionario judicial, argumentando que la DAF, vulneró su derecho a la seguridad social y el derecho de más de 3500 funcionarios, porque convirtieron un aporte obligatorio en uno voluntario, sin consultar a todos los funcionarios y sin considerar que el cambio de Poder a Órgano Judicial, no implica que desaparecieron como funcionarios de la Mutualidad; además, en cuanto a los actos consentido, señaló que ello es un falacia, pues se tomó esa decisión ante los rumores de corrupción dentro de la Mutualidad, concluyendo su intervención, señaló que solo piden que se les devuelva sus ahorros realizados y que se conceda la tutela.

Mediante memoriales de 23 de octubre (fs. 608 a 610) y 28 de noviembre de 2014, funcionarios del Órgano Judicial, se apersonaron en calidad de terceros interesados y manifestaron su desacuerdo con la Resolución emitida por el Tribunal de garantías, que concedió la tutela a favor de la Mutualidad del Poder Judicial.