SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El  30 de julio de 2014, en audiencia de consideración de medida cautelar, merced a una imputación formal en su contra, por la presunta comisión de delitos contra la salud pública tipificado por el art. 216 inc. 2) del Código Penal (CP), la Jueza de Instrucción Mixta, y Liquidadora de Betanzos, le impuso la medida de detención preventiva en el ex Centro Penitenciario de “Cantumarca”, debido a la concurrencia de los presupuestos establecidos en los arts. 233; 234.1, 2, 5, y 10; y, 235.1 y 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).  

Refiere que, remitido el proceso, previo sorteo, el mismo fue radicado ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, señalándose audiencia de apelación incidental, para el 19 de agosto de 2014, en la cual se pronunció Auto de Vista confirmando totalmente la resolución apelada, vulnerando flagrantemente lo establecido en los arts. 398 y 400 del CPP y el principio de reformatio in peius,  incrementando un riesgo procesal que nunca fue rebatido en audiencia.