SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

Fragmento 5

José Eddy Mejía Montaño y Gualberto Terrazas Ibañez Vocales de Sala Civil Segunda y Primera respectivamente, del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por infirme cursante a fs. 293 y vta., señalaron que, a tiempo de emitir el Auto de Vista de 20 de mayo de 2014, que confirma el Auto interlocutorio de 2 de diciembre de 2013, no existió irregularidad alguna, pretendiendo el accionante que se revise, regularice o anule actuaciones procesales, equiparando la acción de amparo constitucional al recurso de casación (SC 0660/2010 de 19 de julio) y que dicha acción no constituye una instancia para revertir fallos judiciales (SC 1620/2011 de 11 de octubre).