SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0294/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0294/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

1)

Ricardo Chumacero Torrez, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante informe escrito, corriente a fs. 321 y vta., manifestó que: 1) La jurisprudencia indicó que la acción de amparo constitucional no comprende otra instancia judicial en la cual se pueda impugnar agravios; 2) El accionante confunde esta acción como si fuera otra instancia en la vía jurisdiccional, porque no establece claramente que derechos han sido vulnerados; y, c) No existe vulneración al art. 124 del CPP, pues el Auto de Vista 84/2014 a cumplido a cabalidad lo establecido en el art. 115 de la CPE.