Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2015-S2
Fecha: 09-Feb-2015
II.2.
II.2. Cursan las cédulas de identidad de Santiago Cruz Nina y Betty Carola Tito Mamani, progenitores de los menores BB y NN de quienes se adjunta sus certificados de nacimiento; tarjeta de registro de NN en la Unidad Educativa Jardín de Maria de 20 de enero de 2015; tarjeta de registro de la guardería Jardín de María Escuelas Populares Don Bosco de NN de 2014; libreta escolar del mismo año de primero de primaria de BB, Unidad Educativa Santo Tomás; formularios de servicio de luz eléctrica y agua potable con domicilio de avenida Naciones Unidas 19; memorando y papeleta de pago del accionante como funcionario de la Policía Boliviana (fs. 5 a 16).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a recibir educación y sus características
- universal
- III.2. Derecho a la igualdad
- III.3. Excepción a la subsidiariedad
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR en todo