Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2015-S2
Fecha: 09-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera restringidos los derechos de su hijo menor NN a la educación sin discriminación, a la igualdad y el principio del interés superior del niño, a partir de la negatoria por parte de la Directora de la Unidad Educativa Mairen Garten “A”, a la inscripción de dicho menor NN en el segundo curso de primaria de la citada unidad, a la que también asiste su hermana menor en el nivel inicial, negatoria en la que persiste incumpliendo el mandato legal que dispone la inscripción automática de los hermanos en una misma unidad educativa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a recibir educación y sus características
- universal
- III.2. Derecho a la igualdad
- III.3. Excepción a la subsidiariedad
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR en todo