Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2015-ECA
Fecha: 16-Mar-2015
COMPLEMENTAR
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, envirtud de lo previsto en el art. 13 del Código Procesal Constitucional, resuelve: COMPLEMENTAR la SCP 0626/2014 de 25 de marzo, en sentido de que: “No obstante la declaratoria de constitucionalidad, ello no impide la suscripción de acuerdos o convenios interinstitucionales entre el sector público de salud y las universidades privadas”.
- la acción de inconstitucionalidad abstracta
- a)
- b)
- c)
- d)
- f)
- II.1. Naturaleza jurídica de la aclaración, enmienda y complementación
- II.2. Análisis de la solicitud
- lo que no quiere decir que el Estado deberá obligatoriamente negarla, sino que más bien depende de la configuración legislativa y reglamentaria que el legislador determine de acuerdo a las circunstancias”.
- COMPLEMENTAR