SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015-S3

Fecha: 06-Mar-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante legal denuncia la vulneración de sus derechos a la defensa, al debido proceso, a la tutela administrativa efectiva, a la inviolabilidad de los derechos fundamentales, a la petición, al juicio justo, a la doble instancia y a obtener una resolución justa, ecuánime y debidamente fundamentada, así como la inobservancia de los principios de legalidad, seguridad e igualdad jurídica de las partes, alegando que dentro de proceso de fiscalización tributaria iniciado por la Gerencia GRACO La Paz del SIN contra la UNIFRANZ, se le notificó mediante cédula con la Resolución Determinativa sin cumplir con las formalidades legales; ante cuya resolución, suscitó un incidente de nulidad de notificación que fue respondido con demora de veinte días, ocasionando esa dilación a que se ejecutorie dicha Resolución Determinativa; por lo que en la vía de impugnación tributaria, interpuso revocatoria y jerárquico, recursos que fueron rechazados, el primero con el argumento de que carecía de competencia para resolver y el segundo porque el recurso jerárquico debe interponerse de manera fundamentada contra la resolución de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria que lesione derechos y en el caso concreto, dicha autoridad Regional no emitió criterio alguno. Por lo que afirma que esas resoluciones lesivas a sus derechos vician de nulidad actos posteriores a la Resolución Determinativa, y por lo mismo no puede recaer ninguna sanción al administrado, porque no se observó lo dispuesto en los arts. 83, 84 y 85 del CTB.