Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015-S3
Fecha: 12-Mar-2015
II.7
II.7 El 9 de abril de 2014, la Secretaria de Consejos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Roque” Ltda., informa al Presidente del Consejo de Administración que el 28 de marzo de 2014, a hrs. 9:30, el Comité Electoral le hizo entrega de una lista de los Candidatos habilitados y de los inhabilitados para las elecciones internas (fs. 52).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- II.1
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. De los actos consentidos
- de consentir el hecho o llegar a un acuerdo con la persona o autoridad que afecta su derecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR