Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015-S3
Fecha: 12-Mar-2015
II.8
II.8 Por los certificados expedidos el 18 y 23 de junio de 2014, por la Encargada de Plataforma “D.P.F. y Certificados”, así como por el Subgerente Comercial, ambos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Roque” Ltda., se constata que los ahora accionantes Juan Carlos Palenque y José Antonio Medrano Orgaz, son socios activos de dicha Cooperativa desde el 1 de marzo de 2005 y el 27 de abril de 2007, respectivamente (fs. 1 a 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- II.1
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. De los actos consentidos
- de consentir el hecho o llegar a un acuerdo con la persona o autoridad que afecta su derecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR