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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2015-S3

    Fecha: 12-Mar-2015

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • de acuerdo con el art. 137 del C.P.C.
    • nunca objetó el domicilio de la calle Camargo 452-458, a pesar de que tenía la facultad de ofrecer un domicilio procesal para que la notificaran en este
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia referida a la revisión de actividad jurisdiccional de otros tribunales
    • i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías  constitucionales
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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