SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2015-S3

Fecha: 12-Mar-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señaló que por ante el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil del departamento de Chuquisaca, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierto “San Roque” Ltda., viene tramitando un proceso ejecutivo contra Norah Flores Paniagua, Nancy Elizabeth Uzeda Salinas y Jorge Carlos Torres Ramírez exigiendo el pago de $us583,32.- (quinientos ochenta y tres 32/100 dólares estadounidenses) habiéndose dictado Auto intimatorio el 1 de septiembre de 1998, procediéndose a la citación personal de su mandante el 10 del mismo mes y año; sin embargo, en la demanda que fue presentada hace quince años atrás, se indicó que el domicilio de su mandante estaría ubicado en la calle Camargo “452-418” cuando tal dirección correspondía al lugar donde trabajaba en 1998 y que su único domicilio se encontraría en la calle Nataniel Aguirre 418, de la misma forma indicó que se notificó a los co-ejecutados Nancy Elizabeth Uzeda Salinas y Jorge Carlos Torres Ramírez en sus fuentes de trabajo.