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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2015-S1

    Fecha: 02-Mar-2015

    II.4.

    II.4.  El 12 de marzo de 2014, la Jueza Segunda de Instrucción en lo penal del departamento de La Paz mediante Resolución 130/2014, rechazó la recusación interpuesta por el accionante; señaló que sus fundamentos no son ciertos ni evidentes por lo que la autoridad no tiene interés particular en el trámite de la causa (fs. 48).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • 1.2.4.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Fragmento 13
    • III.2.
    • se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 1°

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