Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2015-S1
Fecha: 02-Mar-2015
II.1.
II.1. De acuerdo al testimonio 349/2010 de 27 de octubre, se refiere que mediante escritura pública 168/89 de 29 de diciembre de 1989, se constituyó la Sociedad Industrias Oleaginosas S.A., con domicilio legal en el Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, contando con el certificado de actualización de matrícula de comercio, certificado de inscripción y padrón nacional de contribuyente (fs. 9 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De las medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- no limita otras acciones jurisdiccionales o constitucionales, éstas se tramitarán por separado
- CONFIRMAR