Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2015-S1
Fecha: 02-Mar-2015
II.5.
II.5. Renán Castillo Antezana, prestó declaración jurada voluntaria, ente el Notario de Fe Pública, por la que reiteró el ingreso violento por parte de los demandados, relatando el corte de postes de concreto, alambres, mojones, cimbras de acceso, malla olímpica, así como el armado de carpas y toldos, no permitiéndole el ingreso. Se adjunta contrato de trabajo con Industrias Oleaginosas S.A. (fs. 115 a 127).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De las medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- no limita otras acciones jurisdiccionales o constitucionales, éstas se tramitarán por separado
- CONFIRMAR