SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2015-S1

Fecha: 02-Mar-2015

III.3.  Análisis del caso concreto

A través de la presente acción de amparo constitucional, los representantes de Industrias Oleaginosas S.A., denuncian que en el predio ubicado en Puerto Quijarro, que es de su única y legítima propiedad, cuyo derecho se encuentra debidamente registrado en DD.RR., fue irrumpida por los demandados, quienes armados de azadones, palas, machetes y otros, ocuparon el mismo procediendo a romper la cadena y el candado de acceso, la malla olímpica, postes de concreto amedrentando al responsable del terreno exponiendo su integridad física, impidiéndole su ingreso, hechos que fueron debidamente acreditados por el Notario de Fe Pública, quien constató la violencia sufrida y la restricción al derecho propietario por parte de los demandados, quienes por sus actos vandálicos están retrasando la ejecución del proyecto de construcción de un puerto fluvial primario para exportar por el río Paraguay torta de soya y silos para el acopio de granos, toda vez que Industrias Oleaginosas S.A., se dedica a la producción, comercialización y exportación de aceites comestibles.