SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2015-S1
Fecha: 02-Mar-2015
II.4.
II.4. Cursa en obrados, acta circunstanciada de verificación de una propiedad privada en Puerto Quijarro, realizada por Ángel Rojas Suárez, Notario de Fe Pública el 25 de abril de 2014, en los terrenos de Industrias Oleaginosas S.A., en la que da fe de haber evidenciado que fueron violentados la malla olímpica, cuatro postes de concreto, la cadena que aseguraba el portón de ingreso, alambres y cimbras, encontrándose en el predio a José Pantoja Justiniano, quien se identificó como responsable de “dichas mejoras”, además de encontrarse otras personas que con machetes y palas moraban precariamente en dicha área, identificándose también Julio César Camacho Guzmán, quien manifestó que esas mejoras que estaban efectuando en el predio, les cuestan su esfuerzo y que las necesitan para ellos y sus familias, haciéndose presente Fernando Franco, pidiendo que salgan del terreno. De la misma manera evidenció el Notario de Fe Pública que árboles de madera fueron derribados, construyendo un tinglado metálico con el letrero “El Triunfo”. Se adjuntan tomas fotográficas de los hechos denunciados (fs. 24 a 29).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De las medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- no limita otras acciones jurisdiccionales o constitucionales, éstas se tramitarán por separado
- CONFIRMAR