SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2015-S1
Fecha: 20-Mar-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Señala que el 26 de agosto de 2014, en su condición de interno del Centro Penitenciario de San Pedro de la ciudad de Oruro, salió del mismo con orden del Juez de Ejecución Penal, para acudir al hospital “San Juan” con escolta policial; a su retorno el Director del referido Centro Penitenciario, ordenó que se le ponga en celdas de aislamiento sin darle ninguna explicación, vulnerando sus derechos a la defensa, a interponer un recurso efectivo y a ser escuchado como todo ser humano.
Alega que, el art. 123 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), establece que las sanciones deben ser impuestas mediante resolución, fundamentada previa audiencia en la que se escuchará la acusación, y se dará al presunto infractor derecho de argumentar su defensa, en el caso de autos la autoridad demandada no obró de ese modo, coartándole su derecho a la defensa. Por su parte el art. 125 de la citada Ley, determina que las sanciones impuestas serán cumplidas una vez ejecutoriadas, en su caso no existe resolución con autoridad de cosa juzgada, menos respeto al debido proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la acción de libertad en su carácter correctivo no busca la libertad de la persona -a diferencia del reparador-, sino corregir situaciones desfavorables de los privados de libertad.
- está la referida al agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado
- Fragmento 12
- las sanciones por faltas graves y muy graves serán apelables ante Juez de Ejecución Penal, dentro de los tres días de su notificación, sin recurso ulterior (arts. 122 y 123 de la LEPS
- la sanción disciplinaria no puede ser ejecutada en tanto no haya sido resuelto el recurso de apelación a que tiene derecho el interno ante el Juez de Ejecución Penal;
- manera inmediata
- esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos
- REVOCAR