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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2015-S1

    Fecha: 30-Mar-2015

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 06/2014 de 5 de septiembre, cursante de fs. 161 vta.  a 164 vta. pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jorge Luis Montero Serrudo y Luis Fernando Cuellar Salas contra Juan José Zubieta Claros, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal y Ruth Noemí Arnez Copa Fiscal de Materia, ambos del departamento de Santa Cruz.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1. De la acción de libertad
    • III.3. La inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma paralela
    • no puede el Tribunal Constitucional Plurinacional conocer una acción de libertad cuando se activó en primera instancia la vía ordinaria, a través de los mecanismos de defensa que prevé la ley, más aún si la vía de impugnación no está cerrada; es decir, que existe un trámite pendiente de resolución en otra jurisdicción, lo cual impide un pronunciamiento al respecto
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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