Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2015-S2
Fecha: 20-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El representante, denuncia la vulneración a los derechos a la libertad y al debido proceso, del accionante, dado que dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público querellante, por la supuesta comisión del delito de secuestro, no obstante que solicitó la cesación de su detención preventiva, por segunda vez, el 26 de agosto de 2014, ésta no ha sido atendida en razón a que debe resolverse previamente la apelación interpuesta anteriormente por los sujetos procesales, por el Tribunal de alzada, de manera que su solicitud no será resuelta hasta que se devuelvan obrados, lo que inviabiliza la obtención inmediata de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “otorgar”
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Respecto al principio de celeridad y el derecho a la libertad
- I.
- Fragmento 11
- III.2. Sobre la audiencia de solicitud de cesación de la detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- art. 251 (Apelación).
- la libertad un derecho de carácter primario
- CONFIRMAR