SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2015-S2

Fecha: 20-Mar-2015

deniega

La Jueza Tercero de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 07/2014 de 12 de septiembre, cursante de fs. 43 vta. a 48 vta., deniega la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) Si el accionante consideró que sus derechos fueron vulnerados como consecuencia del trámite de emplazamiento a reconocimiento de firmas, debió acudir ante el Juez que conoció el proceso, tal como lo hizo mediante escrito de 19 de diciembre de 2012, en efecto, mediante la presente acción constitucional no corresponde realizar ninguna consideración al respecto; y, ii) La autoridad judicial demandada, en virtud al informe del Oficial de Diligencias del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil, y previo juramento de desconocimiento de domicilio dispuso la notificación mediante edictos; por consiguiente, el accionar de la autoridad demandada es acorde a las normas del Código de Procedimiento Civil vigente.