Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015-S2
Fecha: 05-Abr-2015
Fragmento 9
La apelación incidental se constituye en un mecanismo de impugnación que tiene por finalidad garantizar el ejercicio de los derechos a la defensa y acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, por cuanto es posible someter a control toda decisión emergente de medidas cautelares, eso en observancia al mandato constitucional previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), que establece: “Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- Fragmento 9
- oralmente en audiencia
- salvo justificación razonable y fundada, como ser las recargadas labores, suplencias, pluralidad de imputados,
- “i)
- ii)
- iv)
- III.3. Análisis del caso concreto
- 31 de marzo de 2014, a horas 8:15,
- CONFIRMAR en todo