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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015-S2

    Fecha: 05-Abr-2015

    ii)

              ii) No obstante lo señalado precedentemente, es posible que el plazo de remisión de los antecedentes del recurso de apelación, de manera excepcional, y en situaciones en que exista una justificación razonable y fundada sobre las recargadas labores de la autoridad jurisdiccional, por las suplencias o la pluralidad de imputados, es posible flexibilizar dicho plazo a tres días, pasado el cual la omisión del juzgador se constituye en un acto.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • Fragmento 9
    • oralmente en audiencia
    • salvo justificación razonable y fundada, como ser las recargadas labores, suplencias, pluralidad de imputados,
    • “i)
    • ii)
    • iv)
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 31 de marzo de 2014, a horas 8:15,
    • CONFIRMAR en todo

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