SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2015-S1

Fecha: 16-Abr-2015

memorial de 3 de enero de 2011, solicitó la extinción de la acción penal

Dada la función de control jurisdiccional de las actividades del Ministerio Público en la investigación, por memorial de 3 de enero de 2011, solicitó la extinción de la acción penal ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba, en el que hace conocer la ilegal actuación del Fiscal de Materia al admitir la objeción de la Resolución de 9 de abril de 2010, y la del Fiscal Departamental al dictar la Resolución 356/2011, fuera de término, mediante la cual lo revocó; además, de que la investigación no fue reabierta dentro el año desde que se dictó el requerimiento de rechazo de querella, ya que se llevó a cabo la ejecutoria de la citada Resolución de 9 de abril de 2010, al no interponerse la objeción en el término previsto por ley. Petición resuelta por Auto de 23 de mayo de 2013, que determinó la extinción de la acción penal como el archivo de obrados, y fue impugnada por la autoridad fiscal asignada y la parte querellante por escritos de apelación de 10 de junio de 2013, sin fundamentar agravios, ni tener asidero legal alguno, menos la cita de jurisprudencia constitucional pertinente, que refiere al vencimiento del plazo máximo de duración de proceso, causal de extinción totalmente diferente.